AMLA Casas Propiedades, Pisos, Villas y Chalets En Venta o Comparar

 

 

1. Términos Generales
2. Instrucciones
3. Material Publicado
4. Ofertas
5. Dinero de los Clientes
6. Conflictos De Intereses
7. Interpretación y Definiciones
8. Quejas y Disputas entre Miembros


Este Código de Práctica ha sido adoptado bajo los Términos del Acuerdo para la Asociación del AMLA. El Código sería obligatorio para los jefes, socios y directores que han solicitado la membresía para la Asociación del Listado Múltiple de Agentes.

1. Términos Generales
a) Este Código se aplica a los servicios de las agencias inmobiliarias (proporcionados por una persona u organización que está de acuerdo o está obligado a cumplir con este código) para la compra y venta de propiedad – A partir de ahora, todas las referencias en este código sobre ' propiedad ', significan propiedad residencial según la definición en la sección 7) y los servicios relacionados.

 

El propósito de este código es promover los estándares más altos de servicio.

b) Usted debe ofrecer igualdad de servicio profesional a cualquier persona, a pesar de su raza, credo, sexo o nacionalidad. Usted no debe estar involucrado en ningún plan o acuerdo para discriminar en contra de una persona o personas debido a su raza, credo, sexo, incapacidad o nacionalidad.

c) Usted siempre debe actuar dentro de la ley y pensando en los intereses de su cliente. (Ver 7b debajo). Sus recomendaciones deben ser pertinentes a las metas y necesidades de su cliente. Sin embargo, este deber no le impide que sea justo al considerar a todos aquellos involucrados en la proposición de la compra o venta.
Usted no puede revelar ninguna información sin el consentimiento de su cliente o hacer uso indebido de la información confidencial entregada por su cliente durante el proceso de compra o venta de una propiedad.
d) Debe asegurarse de que tanto usted como todos los miembros de su personal se adhieran a este Código y tengan un buen conocimiento de la ley de la agencia, ley del contrato, y toda la legislación relevante a las agencias inmobiliarias.

2. Instrucciones

a) Cualquier miembro, asociado o persona conectada siempre debe dejar en claro los términos del convenio con cualquier agencia en la desea ingresar con algún posible comprador o vendedor.

b) Antes de colocar una propiedad en el Sistema de Listado Múltiple de la asociación, un miembro debe obtener el acuerdo del dueño o los dueños de la propiedad según los Términos Y Condiciones del convenio exclusivo del listado.

c) En caso de que el dueño quiera ponerle fin al convenio con esta agencia, él/ ella/ellos/ellas deberán hacerlo por escrito.

d) Si un dueño desea terminar el convenio de la agencia MLS con un miembro en favor de otro miembro, se debe proporcionar la prueba de la terminación de la agencia antes de que se pueda colocar un listado nuevo en el sistema MLS.

Con excepción de cualquier gasto o cuota previamente acordado, las cuotas solamente se harán efectivas si el comprador adquiere un contrato, a través de usted, para comprar la propiedad, o según lo establecido en el contrato de la agencia.

e) Cuando usted asesora alguna persona con la esperanza de vender su propiedad, cualquier precio que usted le sugiera debe reflejar las condiciones actuales del mercado. Nunca debe colocar un precio equivocado deliberadamente solamente para obtener las instrucciones. Usted nunca debe tergiversar el valor de la propiedad con el propósito de obtener una instrucción.

f) Usted no debe acosar directamente o indirectamente (ver 7e debajo) a cualquier persona para ganar las instrucciones. Tampoco debe insistir en obtener las instrucciones de tal manera que sea ofensivo.

g) Usted no debe colocar en el mercado la venta de la propiedad sin el permiso del cliente o del representante asignado debidamente por el cliente.

3. Material Publicado

a) Usted debe tomar las precauciones para asegurar que todas las declaraciones sobre una propiedad, ya sean verbales o por escrito, sean precisas.

b) Todas la publicidad debe ser justa, decente y honesta.

4. Ofertas

a) Usted debe comunicarle a los clientes, tan pronto como sea posible, cualquier oferta que obtenga hasta el momento en que se firme el contrato, a menos que el cliente le haya indicado específicamente por escrito que no le informe acerca de ofertas de cierta cantidad o tipo.

b) Usted no debe discriminar, o amenazar con discriminar en contra de un posible comprador de la propiedad de su cliente, simplemente porque esa persona no está de acuerdo con usted (directamente o indirectamente) le proporcione los servicios. La discriminación incluye lo siguiente:

· Dejar de informarle al cliente sobre una oferta para la compra de la propiedad.

· Demorarse en informarle al cliente acerca de una oferta en comparación con otras que ha recibido.

· Ponerle como condición a la persona interesada en comprar la propiedad que debe utilizar los servicios ofrecidos por usted o por otra persona.

c) Usted debe preguntarle al comprador interesado acerca del origen de sus recursos y la disponibilidad de los mismos para la compra de la propiedad, y luego debe compartir esta información con el cliente.

d) Cuándo una oferta ha sido aceptada con contrato pendiente, usted debe consultar y seguir las instrucciones de su cliente en cuanto a si se debe retirar la propiedad del mercado o mantenerla en los listados. En este último caso, usted debe mantener informado al posible cliente.

Usted no debe tergiversar la existencia de, o algún detalle de cualquier otra oferta supuestamente hecha, o el estatus de cualquier otra persona que haya hecho una oferta.

Si usted ha recibido una muestra de interés (ya sea oralmente o por escrito) de alguna persona interesada en hacer una oferta, usted debe hacer lo siguiente:

· Informar a su cliente inmediatamente acerca de la muestra de interés.

· Hacer lo posible por informarle a la persona interesada en hacer una oferta, acerca de las fechas límites para realizar las ofertas.

5. Dinero de los Clientes

a) Usted no debe retener un depósito o cualquier otro dinero que le pertenezca al cliente, a menos que usted esté cubierto por un seguro adecuado.

b) El dinero de todos los clientes se debe mantener por separado en la cuenta o cuentas bancarias de cada cliente.

Usted debe estar en condiciones para rendir inmediatamente la información acerca de todo el dinero que tenga retenido en nombre de un cliente.

6. Conflicto de Intereses.

Usted debe evitar cualquier conflicto de interés que afecte los intereses del cliente.

7. Interpretación y Definiciones

En este Código, las referencias a lo masculino incluyen al femenino, el plural y las organizaciones.

También se aplican las siguientes interpretaciones y definiciones: :

a) Propiedad Residencial - la propiedad en uso (la tierra con edificios), ya utilizada, o para ser utilizada con fines residenciales para la compra-venta o con posesión vacante.

b) Cliente - una persona que le ha dado instrucciones de vender o, comprar una propiedad en España en su nombre, a cambio de unos honorarios.

c) Inmediatamente - tan pronto como las circunstancias.

d) Persona Conectada – entre “ las personas conectadas ” se incluyen:

1) Su empleador o director;

2) Su empleado o agente;

e) Acosar – se refiere a un acto amenazante u opresivo con posibilidad de causar alarma, molestia y/o angustia.

8) Quejas y disputas entre miembros

Para determinar si estas directrices se han cumplido luego de una queja o disputa entre miembros, la Asociación le puede solicitar para la inspección, que un miembro que le presente a una persona asignada por la Asociación, sus convenios de agencia MLS y cualquier otro documento pertinente, que ofrezca la información y las explicaciones que pueda necesitar designada.

El miembro cumplirá con cualquier requisito a la hora y en el lugar especificado.


 

 

 

 

 

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